Área/Organismo
responsable:
Dirección Provincial de Zonas Francas
¿Qué es? ¿De qué se
trata?
Es la inscripción de la voluntad individual o conjunta
de las partes de un contrato o prórroga de contrato
entre concesionario y usuario o usuarios entre sí,
de rescindir el contrato que las vincula.
¿Para quién es?
Para el Concesionario y los usuarios de la Zona Franca
La Plata que mantengan vínculo contractual vigente
y deseen rescindirlo.
¿Quién lo puede realizar?
Los representantes legales o apoderados del concesionario
y/o de los usuarios que acrediten la representación
invocada. Ver información adicional
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Solicitar por nota, a la Dirección Provincial de Zonas Francas, se inscriba la rescisión del contrato.
En caso de que la rescisión sea unilateral (a pedido de una sola de las partes), deberá acompañarse la documentación que fundamente su solicitud.
¿Cuánto cuesta?
El costo del trámite para la rescisión de contrato asciende a la suma de $ 50,00 para el trámite normal y a la suma de $ 100,00 para el trámite urgente, que se deberán abonar previamente al inicio del trámite acreditando el depósito respectivo en la misma ventanilla de Mesa de Entradas de la Dirección Provincial de Zonas Francas.
¿Cuánto tiempo me lleva iniciar el trámite?
Cinco (5) minutos aproximadamente.
¿Cuánto demoro en obtenerlo?
Cuando la rescisión fuere presentada por las partes en forma conjunta, la Nota que registra la misma será emitida en el plazo de diez (10) días hábiles.
Cuando la rescisión fuere unilateral, se deberá dar traslado a la otra parte por el término de noventa y seis (96) horas, previo asentar en el registro tal circunstancia. Verificada la misma, se emitirá en la plazo de diez (10) días hábiles, la nota que registra la rescisión solicitada.
¿Cómo me informo del estado del trámite?
Personalmente o en forma telefónica en el Sector
de Asuntos Legales y Regulatorios de la Dirección
Provincial de Zonas Francas.
¿Cómo recibo el resultado o producto del
trámite?
Mediante notificación personal del acto administrativo (Nota) que registra la toma de conocimiento por parte de la Dirección Provincial de Zonas Francas de la rescisión del contrato o prórroga de contrato que unía al Concesionario con el Usuario Directo o a este último con el Usuario Indirecto o tercero.
¿Dónde lo puedo hacer?
En la Mesa de Entradas de la Dirección Provincial de Zonas Francas, que funciona en el Edificio Ensenada de la Zona Franca La Plata, sita en calle Don Bosco e Hipólito Yrigoyen de la ciudad de Ensenada.
Contacto o referente para realizar
consultas sobre el trámite
Área de Asuntos Legales y Regulatorios
Tel./Fax: 54 - 0221- 468-0500.
zonafranca@mp.gba.gov.ar
Horario de atención
Horario de atención de la Mesa de Entradas de 8:30
hs. a 17:00 hs
Horario y/o días y/o periodos
de menor concurrencia
De Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas
Reclamos, sugerencias e información
zonafranca@mp.gba.gov.ar
Información Adicional
¿Cómo se justifica la personería?
La personería que en todos los casos se acredite
a efectos de la rescisión del contrato, deberá justificarse
de la siguiente forma:
- Por el Concesionario: a) Si actuare mediante apoderados, acompañando original o copia certificada del poder (especial o general) vigente a la fecha de celebración del acto, con facultades suficientes para obligar a la sociedad en los términos que se estipulen en el acuerdo. b) Si actuare mediante sus autoridades ordinarias, acompañando copia certificada del Estatuto Societario y de las actas por las cuales se acredite la vigencia y posesión de los cargos. A éstos fines para obviar el requisito de agregación del instrumento en cada contrato, se registrará un ejemplar del mandato en esta Dirección en fotocopia debidamente autenticada por escribano o por la propia Dirección. Cuando se hiciere uso de esta posibilidad en el contrato que se firme deberá dejarse constancia que no se acompaña el ejemplar respectivo por encontrarse ya acreditado el mismo ante la Dirección.
- Por los Usuarios Directos e Indirectos: a) Cuando fueran sociedades regularmente constituidas, se acreditará personería de la misma forma prevista para el Concesionario. b) Cuando se trate de una persona física, mediante documento nacional de identidad, pasaporte argentino o cédula de identidad expedida por la Policía Federal Argentina. c) Cuando fueran sociedades de hecho, mediante el comparendo de todos sus integrantes, los que deberán acreditar su identidad.
¿Donde realizo
el pago?
A través de un depósito en el Banco de
la Provincia de Buenos Aires, cuenta 7/9, sucursal
5017
Organismos relacionados
Dirección General de Aduanas
Trámites relacionados
-
Circuito del trámite
-
Legislación relacionada al trámite
Digesto Normativo de la Zona Franca La Plata, Título
II