Guía de Trámites

Solicitud de acogimiento a la Ley de Promoción Industrial

Área/Organismo responsable:
Dirección de Promoción Industrial

¿Qué es? ¿De qué se trata?
Es el trámite destinado a la obtención de la exención de impuestos provinciales (inmobiliario e ingresos brutos, entre otros), para todos aquellos proyectos industriales que se radiquen en el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

¿Para quién es?
Esta destinado a personas físicas o jurídicas que realicen alguno de los siguentes proyectos dentro del territorio de la Provincia de Buenos Aires:

1. Construcción de una planta industrial nueva.

2. Ampliación de una planta existente, en más del 50% en su capacidad teórica de producción.

3. Incorporación de un nuevo proceso productivo integral, distinto a los actuales, por valor superior al 30% del valor de reposición del activo fijo existente.

4. Traslado de actividades industriales desde Capital Federal u otras provincias.

5. Reactivación de planta cuando se produce un cambio de propiedad de la misma.

6. Construcción de Parques y Sectores Industriales.
Nota: el inicio del trámite deberá ser realizado antes de la puesta en marcha del proyecto, o sea, antes del inicio de la producción/comercialización.

¿Quién lo puede realizar?
En caso de explotaciones unipersonales, el titular de la misma.

En caso de personas jurídicas el representante legal debidamente acreditado

¿Qué necesito para hacer el trámite?
Para la inscripción en el “Régimen de Promoción Industrial, Ley 13.656” se deberá observar el siguiente procedimiento:

1º. VIA INTERNET: Completar y transferir electrónicamente, en carácter de declaración jurada, el formulario de “Solicitud de Inscripción al Régimen de Promoción Industrial, Ley 13.656” correspondiente a través de la página de Internet del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN , CIENCIA Y TECNOLOGÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (http://www.mp.gba.gov.ar).

2º. EN SOPORTE PAPEL: A efectos de cumplimentar el trámite de inscripción deberá presentarse en soporte papel toda la documentación requerida por el decreto reglamentario de la Ley 13.656.
La presentación se realizará ante el Departamento Administrativo de la Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN , CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la provincia de Buenos Aires, sito en calle 12 y 54, Torre II, Piso 12, Ciudad de La Plata.

Alternativamente, podrán realizarse las presentaciones ante las autoridades municipales.

¿Cuánto cuesta?

El trámite ante esta Dirección es gratuito. Los costos se originan en la certificación de balance, como también en las certificaciones de firmas, certificación de copias, etc. que deben realizarse ante profesionales matriculados, Registro Público de Comercio, Juez de Paz o Escribano Público

¿Cuánto tiempo me lleva iniciar el trámite?
Máximo: 1 hora, debido a la revisión que se efectúa de la documentación presentada. La Autoridad de Aplicación procederá al control de la documentación presentada y en caso de verificarse que la misma no cumple con las condiciones y requisitos establecidos, se intimará a la empresa peticionante para que subsane las deficiencias o el cumplimiento parcial de su presentación. Dicha situación producirá sin otro recaudo la suspensión de los términos previstos en el artículo 18 de la Ley Nº 13.656 hasta tanto se cumpla con lo solicitado en la intimación. De no cumplimentarse lo requerido por la Autoridad de Aplicación operará la caducidad de las actuaciones al término de sesenta (60) días corridos, contados a partir de la intimación fehaciente, sin necesidad de interpelación y/o acto alguno..

¿Cuánto demoro en obtenerlo?
Una vez completa la presentación, la Autoridad de Aplicación procederá a evaluar las solicitudes de acogimiento a los beneficios de la Ley Nº 13.656 y realizará los estudios pertinentes, determinando dentro de los noventa (90) días corridos la aprobación o el rechazo de las solicitudes, contados a partir de la fecha definitiva de presentación. En casos excepcionales, dicho plazo de evaluación podrá prorrogarse por treinta (30) días más comunicando a la peticionante la resolución adoptada.

Concluidas las etapas de evaluación, la Autoridad de Aplicación deberá elevar a los Organismos del Estado involucrados, dentro de los quince (15) días hábiles subsiguientes, todas las actuaciones con el proyecto de resolución ministerial, recomendando la aprobación o rechazo de las solicitudes presentadas.

El tiempo de obtención del Decreto otorgando la Promoción Industrial (contado desde la presentación completa de la documentación solicitada en los formularios u otra adicional que surja de la verificación técnica-contable) dependerá de las características de la industria y del proyecto presentado

¿Cómo me informo del estado del trámite?
El estado del trámite lo puede averiguar vía telefónica al (0221) 429-5730 o vía e-mail a: promoind@mp.gba.gov.ar; inpro@mp.gba.gov.ar; jldaglio@mp.gba.gov.ar.

¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
Se envía por correo, una nota informando el otorgamiento de la promoción industrial a través de Decreto

¿Dónde lo puedo hacer?
La presentación se realizará ante el Departamento Administrativo de la Dirección Provincial de Desarrollo y Promoción Industrial dependiente de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN de la provincia de Buenos Aires, sito en calle 12 y 54, Torre II, Piso 12, Ciudad de La Plata.

Alternativamente, podrán realizarse las presentaciones ante las autoridades municipales.

Contacto o referente para realizar consultas sobre el trámite
Sr. Juan Leonel DAGLIO; Cr. Héctor LASCOURS; Cra. Ana María BELVEDERE; Cr. Jorge FORTE y evaluadores.

Horario de atención
De Lunes a Viernes de 9.30 a 17.30 horas.

Canal de relación: ampliación de información, seguimiento y reclamo:
El seguimiento del trámite se realizará personalmente, por teléfono o correo electrónico antes indicados y podrá realizarse con el número de expediente o nombre de la firma solicitante.

Horario y/o días y/o periodos de menor concurrencia
Es indiferente.

Reclamos, sugerencias e información
Vía telefónica al (0221) 429-5730

Información Adicional
-.

Organismos relacionados
Municipios, Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de Gobierno y la Fiscalía de Estado

Trámites relacionados
- El Certificado del correcto cumplimiento de obligaciones fiscales, se deberá obtener ante la ARBA.

- Las Declaraciones Juradas de Revalúo Inmobiliario deberán solicitarse ante la ex - Dirección de Catastro Territorial, dependiente de la ARBA

Circuito del trámite
-

Legislación relacionada al trámite
Ley Nº 13.656
Decreto 523/2008
 
 
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