Departamento Administrativo

Deshinibiciones

Habiendo notificado la sanción impuesta por la Dirección provincial de Comercio, el expediente pasa al sector testimonio en espera a que se cumpla el término de la Ley para que el infractor haga efectivo el pago de la multa o presente un recurso de apelación con lo cual las actuaciones se elevan al juzgado. En el caso de no ser abonada la multa, se procede a confeccionar el Titulo Ejecutivo remitiéndose a Fiscalía de Estado con todos los datos para que proceda a realizar la inhibición general de Bienes. Según sea el monto de la multa se hará juicio ejecutivo, posteriormente Fiscalía de Estado lo remite a la Dirección Provincial de Comercio a los fines de notificar la inhibición y posterior archivo del expediente por tiempo indeterminado.

En el momento que el infractor decide regularizar su situación solicita a la Dirección provincial el desarchivo de los actuaciones remitiendo este Organismo el expediente a Fiscalía de Estado que previa liquidación de multa mas intereses y luego de ser acreditado el pago por el sector contable, se procede a desinhibir a través del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, quedando así finalizado el tramite.

 

Sector Reincidente

Luego de labrada el acta por el cuerpo de inspectores, la mesa de entrada procede a la caratulación esperando el termino que estipula la Ley para que el infractor tenga la posibilidad de presentar el descargo, pasando luego las actuaciones al sector reincidente donde se cargan todos los datos de la empresa o comercio inspeccionado en el Registro General de Reincidentes, agregando una planilla donde constan si los tuviere todos los antecedentes por multas anteriores aplicadas por el Organismo, de no registrar antecedentes también queda plasmado en el expediente. Estos antecedentes son fundamentales a los fines que el cuerpo legal cuente con un instrumento mas para la evaluación del monto de la multa según tipo de infracción de antecedentes de la empresa.

Así mismo es utilizado con fines estadísticos tomando en cuenta el espíritu del Organismo que es cambiar las malas prácticas comerciales a través de la información más que con la aplicación de sanción.

 

Sector Contable

En este sector se procede a verificar los comprobantes de pago que los infractores entregan en la Dirección Provincial cotejándolo con los resúmenes bancarios que se retiran del Banco de la Provincia de Buenos Aires, los pagos se realizan en cualquier sucursal del banco en cualquier sucursal en la cuenta Fical 765/0.

El sector cuenta con un registro contable de lo ingresado a la cuenta a través de la aplicación de las Leyes 22802, 19511, 24240 y 13133, asimismo se realiza semestralmente la liquidación a los Municipios por lo que les corresponde de participación las infracciones realizadas en la aplicación de la delación de la Ley Nacional 22802 (Lealtad Comercial)

 
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