Departamento Administrativo
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Deshinibiciones
Habiendo notificado la sanción impuesta por la
Dirección provincial de Comercio, el expediente
pasa al sector testimonio en espera a que se cumpla el
término de la Ley para que el infractor haga efectivo
el pago de la multa o presente un recurso de apelación
con lo cual las actuaciones se elevan al juzgado. En
el caso de no ser abonada la multa, se procede a confeccionar
el Titulo Ejecutivo remitiéndose a Fiscalía
de Estado con todos los datos para que proceda a realizar
la inhibición general de Bienes. Según
sea el monto de la multa se hará juicio ejecutivo,
posteriormente Fiscalía de Estado lo remite a
la Dirección Provincial de Comercio a los fines
de notificar la inhibición y posterior archivo
del expediente por tiempo indeterminado.
En el momento que el infractor decide regularizar su
situación solicita a la Dirección provincial
el desarchivo de los actuaciones remitiendo este Organismo
el expediente a Fiscalía de Estado que previa
liquidación de multa mas intereses y luego de
ser acreditado el pago por el sector contable, se procede
a desinhibir a través del Registro de la Propiedad
de la Provincia de Buenos Aires, quedando así finalizado
el tramite.
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Sector Reincidente
Luego de labrada el acta por el cuerpo de inspectores,
la mesa de entrada procede a la caratulación esperando
el termino que estipula la Ley para que el infractor
tenga la posibilidad de presentar el descargo, pasando
luego las actuaciones al sector reincidente donde se
cargan todos los datos de la empresa o comercio inspeccionado
en el Registro General de Reincidentes, agregando una
planilla donde constan si los tuviere todos los antecedentes
por multas anteriores aplicadas por el Organismo, de
no registrar antecedentes también queda plasmado
en el expediente. Estos antecedentes son fundamentales
a los fines que el cuerpo legal cuente con un instrumento
mas para la evaluación del monto de la multa según
tipo de infracción de antecedentes de la empresa.
Así mismo es utilizado con fines estadísticos
tomando en cuenta el espíritu del Organismo que
es cambiar las malas prácticas comerciales a través
de la información más que con la aplicación
de sanción.
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Sector Contable
En este sector se procede a verificar los comprobantes
de pago que los infractores entregan en la Dirección
Provincial cotejándolo con los resúmenes
bancarios que se retiran del Banco de la Provincia de
Buenos Aires, los pagos se realizan en cualquier sucursal
del banco en cualquier sucursal en la cuenta Fical 765/0.
El sector cuenta con un registro contable de lo ingresado
a la cuenta a través de la aplicación de
las Leyes 22802, 19511, 24240 y 13133, asimismo se realiza
semestralmente la liquidación a los Municipios
por lo que les corresponde de participación las
infracciones realizadas en la aplicación de la
delación de la Ley Nacional 22802 (Lealtad Comercial)
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De lunes a viernes de 9 hs. a 15 Hs.
 Referente: Sra.
Silvia Ciserchia
 0221 429-5642
dprovcomercio@mp.gba.gov.ar |
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