Se consideran Grandes Superficies Comerciales, a todos
los establecimientos de comercialización minorista
o mayorista que realicen ventas minoristas, que ocupen
una superficie de mas de (500 m2) metros cuadrados destinados
a la explotación y venta, en municipios con una
población de hasta 50.000 habitantes y 300.000
habitantes. Se tomaran en cuenta, aquellas Superficies
Comerciales cuya habilitación municipal se halla
efectivizado posteriormente al año 2001
Fiscalización de las Cadenas Comerciales (consiste
en verificar la cantidad de sucursales que son partes de
un mismo grupo económico, es decir aquellos cuyo
numero excede de (2).