Requisitos Generales para la Inscripción al Registro de Productores de Biocombustibles

<vacio>
01. Solicitud fundamentada con indicación expresa de los beneficios solicitados. Todos los datos tendrán carácter de declaración jurada.
02. Antecedentes de la empresa. Datos de identificación de las personas físicas o jurídicas solicitantes, Acto Constitutivo y Estatuto Social debidamente inscripto en los registros que correspondan.
03. Que las personas físicas, o jurídicas peticionantes, tengan domicilio legal en el país de acuerdo al Artículo 89º del Código Civil. Constituir y denunciar domicilio dentro del radio urbano de la provincia de Buenos Aires.
04. Constancia de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
05. Presentación de balances y estados contables de los dos (2) últimos ejercicios vencidos a la fecha de presentación.
06. Declaración Jurada de que la empresa o sociedad no registra incumplimientos de sus obligaciones fiscales y previsionales vencidas a la fecha de la presentación.
07. Copia debidamente certificada de la de la Habilitación Municipal de la planta radicada en la provincia de Buenos Aires por la cual se solicita el beneficio.
08. Copia debidamente certificada de la Nota de la Subsecretaria de Combustibles, del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y servicios, mediante la cual se procede a inscribir a la empresa en el Registro de Empresas Petroleras, Sección Empresas Elaboradoras y/o Comercializadoras, Capitulo G, correspondiente a “Elaboradoras de Biocombustibles y sus mezclas con gasoil y/o Naftas”, en virtud de la Resolución S.E. N° 419/98.
09. Acreditación, mediante documentación fehaciente, de las personas autorizadas a realizar gestiones ante la Dirección de Promoción Industrial.
10. Copia de la constancia de Inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (ARBA).
11. Titulo de Propiedad del inmueble donde se desarrollan las actividades; solo en aquellos casos de solicitud de exención del Impuesto Inmobiliario.

El Plazo para presentar la documentación desde la carga del formulario vía Internet es de 30 días hábiles, de no cumplirse con este plazo, el trámite se dará de baja.

 
 
<vacio>
<vacio>