a) Acceder a los programas y/o beneficios del Ministerio de la Producción, Ciencia y Tecnología, de acuerdo a los requisitos solicitados por cada uno.
b) Reducción en el arancel del sistema Código
de Barras mediante la entidad encargada GS1 Argentina
(Asociación Argentina de Codificación de
Productos Comerciales) durante el primer año de
Inscripción como socio adherente a la misma, dicho
convenio contempla para la Microempresas el siguiente
beneficio:
Categoria A. Facturación Anual hasta $50.000 anuales
tendrán una reducción del 65% de la cuota
base, durante el primer año.
Categoria B- Facturación Anual mas de $ 50.000 y
hasta $ 150.000 tendrán una reducción del
50% de la cuota base, durante el primer año.
Categoria C- Facturación Anual mas de $ 150.000
y hasta $ 500.000 tendrán una reducción del
35% de la cuota base, durante el primer año.
Categoria D-Facturación Anual mas de $ 500.000 y
hasta $ 1.000.000 tendrán una reducción del
25% de la cuota base, durante el primer año.
Tambien contempla la realización de actividades
de capacitación necesaria a los socios beneficiarios
de la bonificación establecida por parte de GS1
La implementación del sistema de códigos
de barras posibilitará la inserción de Microempresas
y PyMES, en los canales de distribución masivos,
tanto en el país como en el exterior.
c) Participación en las contrataciones directas
del Estado.
d) IOMA Microempresarial.
e) Pago en cuotas para la inscripción de productos alimenticios, farmacéuticos, productos de uso domestico, industrial y de tocador.
f) Eximición del pago de anticipos mínimos
de Ingresos Brutos.
g) Asistencia a ferias provinciales, nacionales e internacionales: las Microempresas inscriptas tendrán prioridad para que los mismos sean incluidos en las promociones que el Estado realice en diversos eventos nacionales y en el exterior, con un subsidio total o parcial según lo establezca el Gobierno Provincial.
h) Simplificación de los requisitos para la obtención del certificado de explotación del recurso hídrico así como la aprobación de las obras de recolección, tratamiento y emisión de efluentes líquidos – Resolución 1012/2009. Autoridad del Agua Pcia. Articulo II -